A- de 2023
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Guillermo Leon Garcia Peña·Demandado Direccion Ejecutiva De Administracion Judicial De Boyaca Y Casanare Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Administrativo de Boyacá (Sala de Decisión Número 2) y la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia.
Encontró la Corte que en este caso se configuró un conflicto aparente en la medida en que la segunda Corporación no sólo se apartó del conocimiento del asunto con base en el Decreto 333 de 2021, sino que declaró la nulidad de todo lo actuado en primera instancia, desconociendo con ello el principio de la perpetuatio jurisdictionis, el cual supone que, una vez asumido el conocimiento de la acción de tutela, éste no se puede variar en segunda instancia.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente a la Corte Suprema de Justicia -Sala de Casación Civil- que para que resuelva la impugnación presentada por la parte accionante.
Se hizo una advertencia a la precitada autoridad para que, en lo sucesivo, se abstenga de decretar la nulidad de lo actuado en primera instancia con fundamento en las reglas de reparto y, por lo tanto, proceda conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 3 de mayo de 2023 por la Corte Suprema de Justicia -Sala de Casación Civil -mediante el cual declaró la nulidad de todo lo actuado y dispuso la remisión de la actuación al Juzgado
- Décimo. Administrativo Oral de Tunja.
- SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTOS la sentencia del 16 de mayo de 2023 proferida por el Juzgado
- Décimo. Administrativo Oral de Tunja mediante la cual se falló, por segunda vez, la primera instancia del proceso de tutela promovido por el señor Guillermo León García Peña.
- TERCERO. REMITIR el expediente ICC-4457 a la Corte Suprema de Justicia -Sala de Casación Civil- que para que resuelva la impugnación presentada por la parte accionante respecto del fallo del 21 de marzo de 2023 proferido por la Sala de Casación Penal de la misma Corte Suprema de Justicia.
- CUARTO. ADVERTIR a la Corte Suprema de Justicia -Sala de Casación Civil- que, en lo sucesivo, se abstenga de decretar la nulidad de lo actuado en primera instancia con fundamento en las reglas de reparto y, por lo tanto, proceda conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
- QUINTO. Por Secretaría General, COMUNICAR a las partes la decisión adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.